Preguntas frecuentes sobre el DeCA
Última actualización: 15 de octubre de 2026
Respuestas cortas sobre la normativa del DeCA, con su fuente oficial al final.
¿Qué es el DeCA?
Es el documento electrónico de control administrativo: la versión digital del documento de control que debe acompañar a cada envío de transporte público de mercancías por carretera. Es un PDF con un código QR que abre su enlace de descarga.
¿Desde cuándo es obligatorio en formato digital?
Desde el 5 de octubre de 2026, según la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025. Los requisitos técnicos están en la Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784).
¿Quién tiene que hacer el DeCA, el cargador o el transportista?
Los dos están obligados a su formalización: el cargador contractual y el transportista efectivo. La norma no dice quién lo hace materialmente, así que basta con que uno de ellos lo genere y el otro pueda descargarlo.
Si me subcontratan, ¿quién es el cargador contractual?
Quien te contrata. Según el Ministerio, si un transportista A subcontrata a un transportista B, B es el transportista efectivo y A es el cargador contractual. Cada eslabón de la subcontratación lleva su propio DeCA.
¿Cuál es la multa por no llevar el DeCA?
Carecer de la documentación de control es una infracción grave del artículo 141.17 de la LOTT, con multa de 401 a 600 euros según su artículo 143.1.d.
¿Hay un periodo de gracia sin sanciones?
No. El Ministerio indica que no está prevista ninguna fase, más allá del 5 de octubre de 2026, en la que no se sancione.
¿El DeCA tiene que ir firmado?
No. Es un documento de control y no necesita firma. Solo haría falta firma electrónica avanzada si el mismo documento se usa además como contrato.
¿Hay que subir el DeCA a alguna plataforma del Ministerio?
No. Basta con que el PDF tenga su QR y su enlace de descarga directa. Tampoco hay que homologar ni registrar la aplicación con la que se genera.
¿Cuánto tiempo hay que guardarlo?
Al menos un año, tanto el cargador contractual como el transportista efectivo. Si lo generó uno de ellos, basta con que el otro pueda descargarlo durante ese año.
¿Vale para transporte internacional?
No. El DeCA se exige en el transporte interior y en el cabotaje. No se aplica al transporte internacional ni al transporte privado complementario.
¿Qué pasa si cambia algo durante el viaje?
Se puede emitir un DeCA nuevo que sustituye al anterior, con todos los datos, la referencia del documento sustituido y el motivo del cambio. El original se conserva.
¿Puedo enseñarlo en papel?
La norma exige el fichero electrónico con su QR. Una copia impresa que lleve el QR puede servir de respaldo, pero el documento válido es el PDF generado antes de empezar el servicio.
Fuentes
- Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril (BOE-A-2026-12784)
- Orden FOM/2861/2012, artículo 6 (BOE-A-2013-154)
- Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres, artículos 141.17 y 143.1.d (BOE-A-1987-17803)
- Preguntas frecuentes del DeCA del Ministerio de Transportes
- Ley 9/2025, disposición transitoria octava (obligación del formato electrónico desde el 5 de octubre de 2026)